Artículo 198 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

Las empresas agrícolas, ganaderas o forestales que tengan veinte o más niños en edad escolar hijos de sus trabajadores están obligadas a proporcionar un local adecuado para instalar una escuela. Esta obligación busca garantizar el acceso a la educación de los hijos de los empleados en zonas rurales donde no hay suficientes escuelas disponibles.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las empresas agrícolas, ganaderas o forestales en donde hubiere veinte (20) o más niños de edad escolar, hijos de sus trabajadores, tienen la obligación de suministrar local apropiado para establecer una escuela.