Artículo 261 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

El artículo 261 establece que en los contratos de trabajo de la tripulación debe indicarse expresamente qué porcentaje de las ganancias por salvamento de otra embarcación recibirá cada miembro de la tripulación. Esta disposición busca garantizar transparencia y claridad en los derechos económicos de los trabajadores del mar cuando participan en operaciones de rescate de naves.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

En los contratos de trabajo se especificará el porcentaje que habrá de percibir la tripulación, cuando se trate de dar salvamento a otra embarcación.