Artículo 288 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
Durante situaciones de guerra o perturbaciones graves del orden público, las empresas ferrocarrileras que contraten servicios para el Estado adquieren la condición legal de intermediarias. Esta clasificación tiene implicaciones específicas en sus derechos y obligaciones frente al Estado en contextos de crisis o emergencia nacional.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Cuando las empresas ferrocarrileras contraten servicios para el Estado, serán consideradas como intermediarias, en los casos de guerra o de perturbaciones graves del orden público.