Artículo 361 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

El salario comprende no solo el pago fijo mensual, sino todo beneficio que reciba el trabajador en dinero o especie como compensación por su labor, incluyendo primas, bonificaciones, horas extra, trabajo en días de descanso y comisiones. Se considera salario cualquier forma de retribución que adopte, sin importar su nombre o denominación específica.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Constituye salario no solo la remuneración fija u ordinaria, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie y que implique retribución de servicios, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como las primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extra, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentaje sobre ventas, comisiones o participación de utilidades.