Artículo 417 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

Para calcular las indemnizaciones por riesgos del trabajo, se utiliza el salario diario que percibía el trabajador al momento del accidente, y en caso de trabajadores por obra se promedia el salario del último mes o semana anterior al siniestro. Para los aprendices se toma como base el salario más bajo de su categoría profesional, pero en ningún caso el monto de indemnización puede ser inferior al salario mínimo establecido.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Se tomará como base para calcular las indemnizaciones de que trata este título, el salario diario que perciba el trabajador en el momento en que se realice el riesgo. Tratándose de trabajadores cuyo salario se calcule por unidad de obra, se tomará como base la cantidad que resulte como promedio diario en el último mes anterior al accidente y a falta de este dato el promedio diario en la última semana anterior al accidente.

Se tomará como base para fijar la indemnización de los aprendices el salario más bajo que perciba un trabajador de la misma categoría profesional.

En ningún caso la cantidad que se tome como base para indemnización será inferior al salario mínimo.