Artículo 455 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

# Resumen El Artículo 455 establece una tabla oficial de enfermedades profesionales reconocidas en Honduras, clasificándolas en categorías como infecciones, parasitarias, tóxicas y por agentes físicos, indicando para cada enfermedad cuáles son los trabajos y profesiones que las generan. Esta tabla sirve como referencia legal para determinar si una enfermedad debe ser reconocida como profesional y, por tanto, dar derecho a compensaciones y prestaciones de seguridad social al trabajador afectado.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Para los efectos de este título se adopta la siguiente:

Tabla de enfermedades profesionalesEnfermedades infecciosas y parasitarias, tóxicas y por agentes físicos:ICarbunco: curtidores, traperos, cardadores de lana, pastores y peleteros, manipuladores de crin, cerda, cuernos, carnes y huesos de bovinos.IIMuermo: caballerizos, mozos de cuadra, cuidadores de ganados caballares.IIIBrucelosis: trabajos ejecutados en los destaces de ganado, las carnicerías, fábricas de embutidos, lecherías y sus derivados, trabajos en las cloacas y desagües, laboratorios, trabajos que exponen al contacto de animales infectados.IVAnquilostomiasis: mineros, ladrilleros, alfareros, terreros, jardineros y areneros.VActinomicosis: panaderos, molineros de trigo, cebada, avena, centeno, campesinos.VILeishmaniasis: chicleros, huleros, vainilleros y leñadores de las regiones tropicales.VIISífilis: sopladores de vidrio, (accidente primitivo; chancro bucal), médicos, enfermeras, mozos de anfiteatro (en las manos).VIIIAntracosis: mineros, (de las minas de carbón), carboneros, fogoneros de carbón mineral, deshollinadores.IXTétanos: caballerizos, carniceros, mozos de cuadra y cuidadores de ganado.XSilicosis: mineros (de las minas de minerales y metales), canteros, caleros, obreros de las fábricas de cemento, afiladores y albañiles, areneros, trabajadores de fábricas de porcelana.XITuberculosis: médicos, enfermeros, mozos de anfiteatro, carniceros, mineros, fogoneros de carbón y maquinistas de ferrocarril, en los casos en que hayan sufrido una silicosis o una antracosis anterior.XIISiderosis: trabajadores del hierro (limadores, torneros y manipuladores de óxido de hierro).XIIITabacosis: trabajadores de la industria del tabaco.XIVOtras coniosis: carpinteros, obreros de la industria del algodón, lana, yute, seda, pelo y plumas, limpiadores al soplete, pintores y aseadores que utilizan el aire a presión (pistolas de aire).XVDermatosis: cosecheros de caña, vainilleros, hiladores de lino, jardineros.XVIDermitis y toda clase de trastornos patológicos causados por agentes físicos:Calor: Herreros, fundidores, obreros del vidrio, choferes.Frío: Obreros que trabajan en cámaras frías.Radiaciones solares: Trabajos al aire libre.Radiaciones eléctricas: Rayos XRadiaciones minerales: Radio y otras sustancias radioactivas.XVIIOtras dermitis: manipuladores de pinturas de colorantes vegetales a base de sales metálicas o de anilinas, cocineras, lavaplatos, lavanderas, mineros, blanqueadores de ropa, especieros, fotógrafos, albañiles, canteros, manipuladores de cemento, ebanistas, barnizadores, desengrasadores de trapo, bataneros, blanqueadores de tejidos por medio de vapores de azufre, curtidores de pieles en blanco, hiladores y colectores de lana, fabricantes de cloro por descomposición eléctrica de cloruro de sodio, manipuladores del petróleo y de la gasolina.XVIIIInfluencias de otros agentes físicos en la producción de enfermedades: Humedad, en los individuos que trabajan en lugares que tengan agua, por ejemplo, en los sembradores de arroz. El aire comprimido y confinado: en buzos, mineros, en los individuos que trabajan en lugares mal ventilados, independientemente de aquellos lugares en donde se producen gases nocivos.Enfermedades de la vista y del oídoXIXOftalmia eléctrica: trabajadores en soldaduras autógenas, electricistas.XXOtras oftalmias producidas: trabajadores en altas temperaturas: vidrieros, hojalateros, herreros, etc.XXIEsclerosis del oído medio: laminadores de cobre, trituradores de minerales.Otras afeccionesXXIIHidroma de la rodilla: trabajadores que trabajan habitualmente hincados.XXIIICalambres profesionales: escribientes, pianistas, violinistas y telegrafistas.XXIVDeformaciones profesionales: zapateros, carpinteros, albañiles.IntoxicacionesXXVAmoniaco: trabajadores en la destilación de la hulla, en la preparación de abonos para los terrenos de agricultura, letrineros, poceros, mineros, fabricantes de hielo y estampadores.XXVIÁcido fluorhídrico: vidrieros grabadores.XXVIIVapores clorosos: preparación del cloruro de calcio, trabajadores en el blanqueo, preparación del ácido clorhídrico, del cloruro de la sosa.XXVIIIAnhídrido sulfuroso: fabricantes de ácido sulfúrico, tintoreros, papeleros de colores y estampadores.XXIXÓxido de carbono: caldereros, fundidores de minerales y metales (altos hornos) y mineros.XXXÁcido carbónico: los mismos obreros que para el óxido de carbono, y además: poceros y letrineros.XXXIArsénico, arsenicismo: obreros de las plantas de arsénico, de las fundiciones de minerales y metales, tintoreros y demás manipuladores del arsénico.XXXIIPlomo, sus aleaciones o sus compuestos, saturnismo: obreros de las fundiciones de minerales y metales, pintores que usan el albayalde, impresores, fabricantes de cajas para conservas y manipuladores del plomo y sus derivados.XXXIIICobre, cuprismo: obreros que se ocupan en la obtención del cobre o que usen cualquiera de sus sales.XXXIVMercurio, sus amalgamas o sus compuestos, hidrargirismo: mineros de las minas de mercurio y demás manipuladores del mismo metal.XXXVHidrógeno sulfurado: mineros, aljiberos, albañaleros, los obreros que limpian los hornos y las tuberías industriales, las retortas y los gasómetros, trabajadores en el gas del alumbrado y los vinateros.XXXVIVapores nitrosos: obreros de las fábricas del ácido nítrico y estampadores.XXXVIISulfuro de carbono: fabricantes de este producto, vulcanizadores de caucho, extracción de grasas y aceites.XXXVIIIÁcido cianhídrico: mineros, fundidores de minerales y metales, fotógrafos, tintoreros en azul y fabricantes de la sosa.XXXIXEsencias colorantes, hidrocarburos: fabricantes de perfumes.XLCarburos de hidrógeno, destilación de la hulla y del petróleo, preparación de barnices y todos los usos del petróleo y sus derivados: mineros de las minas de carbón, petroleros, choferes, etc.XLICromatos y bicromatos alcalinos: los preparadores de colorantes de cromo; las fábricas de papel pintado; en las fábricas de lápices de colores; las fábricas de tintas y en las tintorerías, en la preparación del cromo y de sus componentes; en la fabricación de espoletas, explosivos, polveras, pólvora piroxilada de caza; fósforos suecos; en la industria textil para impermeabilizar los tejidos.XLIICáncer epitelial: provocado por la parafina, alquitrán y substancias análogas.XLIIIFósforo o sus compuestos: todas las operaciones de la producción, separación o utilización del fósforo o de sus compuestos, con las consecuencias directas de esta intoxicación.XLIVBenceno o sus homólogos, sus derivados nitrosos y amínicos, con las consecuencias directas de esta intoxicación: todas las operaciones de la producción, separación o utilización del benceno o de sus homólogos o de sus derivados nitrosos y anímicos.