Artículo 485 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
La Dirección General del Trabajo emite una certificación de la inscripción solicitada por los interesados y ordena publicar un extracto de manera gratuita en el diario oficial La Gaceta durante tres ocasiones consecutivas. Los efectos legales de la inscripción comienzan a partir de la última publicación realizada en el diario oficial.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Hecha la inscripción respectiva, la Dirección General del Trabajo extenderá certificación de ella a solicitud de los interesados y ordenará que se publique gratuitamente unextracto de la misma, por tres (3) veces consecutivas, en el diario oficial La Gaceta y surtirá sus efectos después de la última publicación.