Artículo 498 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

Los sindicatos tienen la prohibición de limitar o restringir, ya sea de forma directa o indirecta, el derecho que tiene toda persona a trabajar libremente. Esta norma busca proteger la libertad individual de trabajo frente a posibles acciones coercitivas de las organizaciones sindicales.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los sindicatos no pueden coartar directa o indirectamente la libertad de trabajo.