Artículo 581 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

El paro es considerado justo cuando sus causas provienen de los trabajadores e injusto cuando provienen del patrono; si los tribunales de trabajo declaran que el paro es injusto, el patrono debe pagar los salarios que dejaron de percibir los trabajadores. Por el contrario, si el paro es declarado justo por los tribunales, el patrono puede despedir a los trabajadores sin asumir responsabilidad alguna.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Paro justo es aquel cuyos motivos son imputables a los trabajadores e injusto cuando son imputables al patrono. Si los tribunales de trabajo y previsión social declaran que los motivos de un paro legal son imputables al patrono, este debe pagar a los trabajadores los salarios caídos a que se refiere el inciso 2 del artículo anterior.

En caso de paro legal declarado justo por dichos tribunales procede el despido de los trabajadores sin responsabilidad para el patrono.