Artículo 690 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

El actor puede elegir entre dos opciones para determinar cuál juzgado es competente en un juicio: el lugar donde se prestó el servicio que originó la controversia o el domicilio del demandado. Esta flexibilidad le permite al demandante seleccionar el tribunal que considere más conveniente para su caso.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La competencia se determina por el lugar en donde haya sido prestado el servicio, o por el domicilio del demandado, a elección del actor.