Artículo 702 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

El Ministerio Público actúa como representante del Estado para defender los intereses de la ley cuando la Secretaría de Trabajo lo requiere en procesos judiciales sobre asociaciones profesionales y validez de huelgas. Su intervención es obligatoria en estos casos específicos, asegurando que se respeten los marcos legales establecidos en materia laboral.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El Ministerio Público intervendrá en nombre del Estado y en guarda de la ley, cuando la Secretaría de Trabajo se lo solicite en los juicios relativos a asociaciones profesionales y a calificación de huelgas.