Artículo 703 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

La demanda debe presentarse por escrito e incluir información esencial como la identificación del juez, las partes y sus representantes, el domicilio del demandado, una descripción clara de los hechos y pretensiones, y los medios de prueba que se utilizarán. También debe especificarse la cuantía cuando sea necesaria para determinar la competencia y los fundamentos legales en que se basa la demanda, con la excepción de que los trabajadores que litiguen en causa propia no necesitan incluir estos últimos requisitos.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La demanda se presentará por escrito y deberá contener: la designación del juez a quien se dirige; el nombre de las partes y el de sus representantes, si aquellas no comparecen o no pueden comparecer por sí mismas; su vecindad o residencia y dirección, si es conocida, o la afirmación de que se ignora la del demandado, ratificada bajo juramento; lo que se demanda, expresando con claridad y precisión los hechos y omisiones; una relación de los medios de prueba que el actor pretenda hacer valer para establecer la verdad de sus afirmaciones; la cuantía, cuando su estimación sea necesaria para fijar la competencia y las razones y fundamentos de derecho en que se apoya, cuando el trabajador pueda litigar en causa propia no será necesario este último requisito.