Artículo 704 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

El demandante debe adjuntar a la demanda un número de copias igual al de los demandados, las cuales servirán para notificar simultáneamente a todos ellos. Estas copias deben ser autenticadas por el secretario del juzgado para que tengan validez legal.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Con la demanda deberán presentarse tantas copias cuantos sean los demandados. Dichas copias tendrán por objeto surtir simultáneamente los traslados y deberán ser autenticadas por el secretario.