Artículo 729 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

El juez puede utilizar todos los medios de prueba permitidos por la ley según lo considere necesario en un proceso. La prueba pericial, que es aquella realizada por un experto especializado, solo será ordenada por el juez cuando el asunto requiera conocimientos técnicos o especializados que él no posee y necesite asesoramiento profesional.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Son admisibles todos los medios de prueba establecidos en la ley, pero la prueba esencial solo tendrá lugar cuando el juez estime que debe designar un perito que lo asesore en los asuntos que requieran conocimientos especiales.