Artículo 749 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

En caso de que el demandante no asista a la audiencia sin una justificación legal válida, el proceso judicial continúa sin su presencia. Si quien falta es el demandado, el juicio también prosigue sin necesidad de citarlo nuevamente.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si el demandante no comparece sin excusa legal en la oportunidad señalada se continuará la actuación sin su asistencia. Si es el demandado quien no comparece, se seguirá el juicio sin nueva citación de él.