Artículo 754 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

La reconvención debe presentarse junto con la contestación de la demanda y cumplir con los mismos requisitos formales que la demanda original. Una vez presentada, se notifica al reconvenido y al Ministerio Público por tres días, y posteriormente se tramita todo bajo un mismo expediente, resolviendo ambas pretensiones en una única sentencia.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La reconvención se formulará en el escrito de contestación de la demanda y deberá contener los mismos requisitos de la demanda principal.

De ella, se dará traslado común por tres (3) días al reconvenido y al representante del Ministerio Público, en su caso, y de allí en adelante se sustanciará bajo un mismo expediente y se decidirá en una misma sentencia.