Artículo 76 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

La extensión de un contrato colectivo dispuesta por el Poder Ejecutivo tendrá la misma duración que el contrato original. La Secretaría de Trabajo y Seguridad Social debe publicar las renovaciones, prórrogas o extensiones para que sean de conocimiento público. Esto garantiza la transparencia y el acceso a la información sobre los contratos colectivos extendidos.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La extensión dispuesta por el Poder Ejecutivo tendrá la misma duración que el contrato colectivo extendido, debiendo la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social efectuar las publicaciones necesarias para el conocimiento de sus renovaciones, prórroga o extensión.