Artículo 784 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

Antes de realizar un remate, el juzgado debe publicar carteles con seis días de anticipación informando al público sobre la venta de los bienes. Estos carteles deben colocarse en la secretaría del juzgado y en tres lugares públicos de mayor concurrencia para garantizar que la comunidad tenga conocimiento del acto de remate.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Seis (6) días antes del remate se publicarán y fijarán en la secretaría del juzgado y en tres (3) de los lugares más concurridos, carteles en los que se dé cuenta al público de que se va a verificar, con especificación de los bienes respectivos.