Artículo 785 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

Cuando los bienes a subastar se encuentran en municipios diferentes al del juzgado que ordena la subasta, el juez debe enviar un despacho al juez del municipio donde estén localizados para que publique carteles anunciando la venta durante seis días. La subasta no puede realizarse sin que el juez del otro municipio devuelva el despacho certificando que ha cumplido con la publicación de los avisos.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si todos o parte de los bienes que se rematan estuvieren situados en distintos municipios de aquel en que deba hacerse la subasta; el juez de la causa librará despacho cometido al juez del lugar donde se encuentren, para que fije también carteles por seis (6) días en los términos indicados. Sin la devolución del despacho diligenciado, no se podrá proceder al remate.