Artículo 817 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
Existe un recurso extraordinario de homologación ante la Corte Suprema de Justicia para impugnar los laudos arbitrales regulados en artículos anteriores. Las partes tienen tres días después de ser notificadas del laudo para presentar este recurso, y una vez interpuesto, el expediente debe remitirse a la Corte Suprema dentro de los dos días siguientes.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Establécese un recurso extraordinario de homologación para ante la Corte Suprema de Justicia contra los laudos arbitrales de que tratan los artículos anteriores.
Este recurso deberá interponerse por cualquiera de las partes dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del laudo, y si así sucede, el proceso se enviará original a la Corte Suprema de Justicia, dentro de los dos (2) días que siguen.