Artículo 83 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
La Inspección General del Trabajo es la encargada de sancionar las infracciones a los contratos colectivos que se hayan comprobado. Estas sanciones se aplicarán según lo establecido en el reglamento emitido por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social. Las infracciones deben estar debidamente comprobadas para ser objeto de sanción.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las infracciones a los contratos colectivos, debidamente comprobadas, serán penadas por la Inspección General del Trabajo, de conformidad con lo establecido en el reglamento que al efecto emita la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.