Artículo 864 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

Los trabajadores disponen de un plazo de dos meses para demandar por despido injustificado, contado desde la fecha en que terminó su contrato de trabajo. Del mismo modo, tienen dos meses para reclamar contra correcciones disciplinarias aplicadas por el empleador, plazo que se cuenta desde el momento en que se les impusieron tales correcciones.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los derechos y acciones de los trabajadores para reclamar contra los despidos injustificados que se les hagan o contra las correcciones disciplinarias que se les apliquen, prescriben en el término de dos (2) meses contados a partir de la terminación del contrato o desde que se les impusieron dichas correcciones, respectivamente.