Artículo 113 del Código Penal de Honduras
En palabras simples
El plazo para que prescriba una pena comienza a contar desde que la sentencia es definitiva, desde una evasión o desde el quebrantamiento de la pena. La prescripción se interrumpe y pierde el tiempo ya computado cuando la persona comete otro delito de la misma naturaleza, y se suspende temporalmente cuando hay suspensión de la ejecución de la pena o cuando se cumple otra pena que impide el cumplimiento simultáneo.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Cómputo, interrupción y suspensión de la prescripción de la pena. El plazo de prescripción de la pena se computa desde el día en que la sentencia queda firme o desde el día en que se produce la evasión o, el quebrantamiento de la pena en su caso.
La prescripción se interrumpe, quedando sin efecto el tiempo transcurrido, cuando el imputado comete otro delito de la misma naturaleza.
La prescripción de la pena se suspende en los casos siguientes:
Durante el período de suspensión de la ejecución de la pena; o,Durante el cumplimiento de otra pena que imposibilita su cumplimiento simultáneo.