Artículo 131 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

Las personas afectadas directamente por un delito o falta, así como sus herederos, tienen derecho a exigir responsabilidad civil por los daños sufridos. En aquellos casos donde el Estado de Honduras resulte perjudicado, la Procuraduría General de la República es la entidad autorizada para ejercer esta acción de responsabilidad civil.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Legitimidad. La responsabilidad civil puede ser exigida por las personas perjudicadas por el delito o falta, sus herederos o en los casos en que el Estado de Honduras sea el perjudicado, por la Procuraduría General de la República (PGR).