Artículo 324 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

Quien realiza actividades contaminantes que afecten el aire, aguas o suelos en violación de las leyes ambientales, y que pongan en grave peligro el equilibrio de un ecosistema, será castigado con prisión de seis a diez años y multa de quinientos a ochocientos días. Este delito protege los elementos naturales fundamentales del medio ambiente contra la contaminación dolosa o negligente que cause daño ecológico significativo.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Contaminación del aire, las aguas o los suelos. Quien, con infracción de la legislación protectora del medio ambiente, realiza actividades contaminantes que afectan a la atmósfera, las aguas marinas, las aguas continentales, el suelo o el subsuelo y con ello pone en peligro grave el equilibrio de un ecosistema, debe ser castigado con las penas de prisión de seis (6) a diez (10) años y multa de quinientos (500) a ochocientos (800) días.