Artículo 339 del Código Penal de Honduras
En palabras simples
El tribunal competente debe ordenar al responsable del daño ambiental que tome medidas para restaurar el equilibrio ecológico o biológico que fue afectado, pudiendo incluir reforestación y otras acciones de protección ambiental. Estas medidas son obligatorias para quien causó el daño y buscan reparar el medio ambiente afectado.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Restauración del equilibrio ecológico. El órgano jurisdiccional competente, debe ordenar la adopción, a cargo del responsable del hecho, de las medidas necesarias encaminadas a restaurar el equilibrio ecológico o biológico perturbado, incluyendo la reforestación en su caso, así como cualquier otra medida cautelar necesaria para la protección de los bienes ambientales afectados.