Artículo 355 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

El tribunal competente puede ordenar al responsable del daño que adopte las medidas necesarias para reparar el patrimonio cultural afectado, incluyendo la devolución de los bienes a su lugar de origen si es necesario. Además, el tribunal tiene la facultad de dictar medidas cautelares que protejan los bienes culturales que hayan sido dañados.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Restauración del patrimonio cultural. El órgano jurisdiccional competente debe ordenar la adopción a cargo del autor del hecho de las medidas necesarias para reparar el daño causado, incluyendo en su caso, el retorno de los bienes a su lugar de origen. Asimismo pueden ordenar cualquier medida cautelar necesaria para la protección de los bienes culturales afectados.