Artículo 43 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

La inhabilitación absoluta es una pena que priva de forma definitiva al condenado de todos los honores, cargos y oficios públicos, tanto los que ya posee como la capacidad de obtener o ser elegido para otros en el futuro. Esta pena tiene una duración mínima de cinco años y máxima de veinte años, salvo que la ley establezca algo diferente en casos específicos.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Inhabilitación absoluta. La inhabilitación absoluta produce la privación definitiva de todos los honores, cargos u oficios públicos, aunque sean electivos, así como su incapacidad para obtener estos u otros cargos u oficios públicos y la de ser elegido para cargo público durante el tiempo de la condena.

La pena de inhabilitación absoluta tiene una duración de cinco (5) a veinte (20) años, a no ser que se disponga expresamente otra cosa en el presente Código.