Artículo 430 del Código Penal de Honduras
En palabras simples
El artículo 430 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene vigencia ni aplicación legal alguna en el ordenamiento jurídico hondureño. Por lo tanto, no genera derechos ni obligaciones y sus disposiciones no pueden ser invocadas ante los tribunales.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Derogado.