Artículo 430 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

El artículo 430 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene vigencia ni aplicación legal alguna en el ordenamiento jurídico hondureño. Por lo tanto, no genera derechos ni obligaciones y sus disposiciones no pueden ser invocadas ante los tribunales.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Derogado.