Artículo 498 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

El funcionario público que dicta a propósito una resolución arbitraria e injusta en materia administrativa es castigado con inhabilitación para ejercer cargos públicos entre cinco y diez años. Si la resolución arbitraria es manifiestamente injusta pero resulta de imprudencia grave en lugar de intención deliberada, la pena se reduce a inhabilitación de tres a cinco años.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Prevaricato administrativo. El funcionario o empleado público que, a sabiendas de su injusticia, dicta resolución arbitraria en asunto administrativo, debe ser castigado con la pena de inhabilitación especial para cargo u oficio público de cinco (5) a diez (10) años. Si la resolución arbitraria es manifiestamente injusta y se dicta por imprudencia grave, se castiga con la pena de inhabilitación especial para cargo u oficio público de tres (3) a cinco (5) años.