Artículo 548 del Código Penal de Honduras
En palabras simples
El artículo 548 castiga a funcionarios públicos que abusan de sus funciones limitando derechos fundamentales como la libertad de asociación, reunión, expresión, privacidad y circulación, con penas de dos a cinco años de prisión e inhabilitación para cargo público de diez a quince años. Las conductas prohibidas incluyen disolver asociaciones lícitas, impedir reuniones pacíficas, censurar información, registrar domicilios sin causa legal, detener arbitrariamente o imponer castigos ilegales a presos. Si estos abusos ocurren en contexto de criminalidad organizada, las penas de prisión aumentan en dos tercios.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Limitación o impedimento de determinados derechos fundamentales. Debe ser castigado con las penas de prisión de dos (2) a cinco (5) años e inhabilitación especial para empleo o cargo público de diez (10) a quince (15) años, salvo que el hecho esté castigado con pena mayor en otra disposición del presente Código, el funcionario o empleado público que arbitrariamente y abusando de sus funciones, ejecute alguna de las conductas siguientes:
Disuelve o suspende las actividades de una asociación lícita o impide la celebración de sus reuniones;Prohíbe, suspende o disuelve una reunión pacífica;Restringe o impide la difusión, comunicación o circulación de ideas u opiniones;Entra en un domicilio o lo registra, o intercepta correspondencia privada, postal o de cualquier otra clase, o las telecomunicaciones, fuera de los casos permitidos por las leyes y mediando causa por delito. Si la conducta se produce en el ámbito de la criminalidad organizada, las penas de prisión se deben incrementar en dos tercios (2/3);Realiza intervenciones o registros personales fuera de los casos y las formalidades establecidas en la ley;Acuerda, practica o prolonga cualquier privación de libertad o incomunicación de un detenido, preso o sentenciado, con violación de los plazos, derechos o demás garantías que la Constitución y las leyes establecen;Impone a los presos o condenados sanciones o privaciones indebidas o no previstas en las leyes; o,Restringe a una persona la libertad de circular, salir, entrar o permanecer en el territorio nacional o la obliga a cambiar de domicilio o residencia.