Artículo 107 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

Cuando se solicita acumular procesos que están en trámite ante diferentes juzgados, se deben seguir las normas generales de acumulación con algunas particularidades especiales. En la solicitud se debe especificar claramente ante cuáles órganos jurisdiccionales se encuentran pendientes los demás procesos que se desean acumular.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Petición.

La solicitud de acumulación de procesos pendientes ante distintos órganos jurisdiccionales se sustanciará, si fuere procedimentalmente posible, conforme a las normas contenidas en los artículos anteriores de este capítulo, con las especialidades que se indican en los artículos siguientes.En la solicitud se deberá indicar el órgano jurisdiccional ante los cuales estuvieren pendientes los otros procesos cuya acumulación se pretende.