Artículo 157 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
La parte o tercero con interés legítimo puede solicitar al secretario del juzgado una copia sellada del escrito que presenta, incluyendo todos sus anexos, con la constancia de la fecha, día y hora exacta en que fue entregado. Esta copia sellada sirve como prueba de que el documento fue presentado formalmente ante el tribunal en una fecha y hora específica.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Constancia de recepción. La parte o tercero legitimado tiene derecho a que el secretario, o funcionario en quien delegue, le devuelva una copia sellada del escrito y sus anexos, con indicación de la fecha, día y hora de su presentación.