Artículo 203 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
Las resoluciones judiciales que han sido firmadas no pueden ser modificadas por los juzgados y tribunales una vez que están ejecutoriadas. Sin embargo, se permite aclarar conceptos que resulten oscuros o confusos y corregir errores materiales o de redacción que contengan.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Invariabilidad de las resoluciones. Los juzgados y tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan.