Artículo 215 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
Las partes legítimas pueden solicitar la nulidad de actuaciones cuando existan defectos de forma que les hayan causado indefensión, tramitándose como un incidente que el tribunal puede resolver inmediatamente sin efecto suspensivo. Si se declara la nulidad, se reponen las actuaciones al estado anterior al defecto, pero si se desestima la solicitud, el solicitante debe pagar las costas y puede ser condenado a una multa de medio a dos salarios mínimos si actuó con malicia. El tribunal puede rechazar de plano sin recurso alguno cualquier incidente que evidencie malicia evidente o que intente suscitar cuestiones ajenas a la nulidad.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Nulidad de actuaciones.
Quienes sean parte legítima podrán pedir por escrito que se declare la nulidad de actuaciones fundada en defectos de forma que hayan causado indefensión en el momento en que se advierta.Si la causa de nulidad se diera y adujera durante la primera o la segunda instancia, el tribunal podrá decidir de plano específica e inmediatamente sobre la cuestión planteada.La nulidad se tramitará por el procedimiento previsto para los incidentes en general y no tendrá efecto suspensivo, y se decidirá por medio de auto contra el que no cabrá recurso alguno.El tribunal inadmitirá a trámite, mediante auto sucintamente motivado, cualquier incidente en el que se pretenda suscitar otras cuestiones.Si se estimara la nulidad, se repondrán las actuaciones al estado inmediatamente anterior al defecto que la haya originado y se seguirá el procedimiento legalmente Si se desestimara la solicitud de nulidad, se condenará al solicitante en todas las costas del incidente y, en caso de que el tribunal entienda que se promovió con malicia le impondrá, además, una multa de un medio (½) a dos (2) salarios mínimos. No obstante lo anterior, en el momento en que el juez o tribunal apreciare evidente malicia en la promoción del incidente lo rechazará de plano sin recurso alguno con imposición de dicha multa.