Artículo 293 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

Cualquier persona que tenga conocimiento de hechos relacionados con el asunto que se está ventilando en juicio puede ser llamada a declarar como testigo si una de las partes lo solicita. La declaración del testigo procede únicamente cuando los hechos sobre los que va a testimoniar sean controvertidos y tengan relevancia directa con el objeto del proceso.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Procedencia. A instancia de parte, declarará como testigo quien tenga noticia de hechos controvertidos relativos a lo que sea objeto del proceso.