Artículo 3 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
Toda persona tiene derecho a que su caso sea procesado siguiendo los procedimientos legales establecidos, respetando los derechos procesales reconocidos en la Constitución y las leyes, con igualdad de condiciones y sin retrasos innecesarios. El juez o tribunal que conozca del caso debe ser competente, independiente e imparcial, y debe dictar una sentencia que resuelva el fondo del asunto de manera justa y con las razones debidamente explicadas.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Debido proceso. Las partes tienen derecho a que el proceso se desarrolle por los trámites previstos legalmente, a que se respeten los derechos procesales establecidos en la Constitución de la República y en las leyes ordinarias en condiciones de igualdad y sin dilaciones, y a que se dicte por órgano jurisdiccional competente, independiente e imparcial, una resolución de fondo justa y motivada.