Artículo 30 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

Los juzgados de letras pueden ser especializados en materias específicas como familia o mercantiles, según lo determine la ley. La Corte Suprema de Justicia emitirá los reglamentos necesarios para esta especialización, siempre respetando el derecho constitucional de toda persona a ser juzgada por su juez natural.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Especialización. A algunos juzgados de letras podrá atribuírseles en exclusiva por la ley el conocimiento específico de determinados asuntos, como de familia o mercantiles. La Corte Suprema de Justicia dictará los reglamentos correspondientes, que respetarán el principio constitucional del juez natural.