Artículo 335 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

El juzgado o tribunal debe evaluar los dictámenes periciales utilizando la sana crítica, el razonamiento lógico y considerando la base científica de las opiniones, las circunstancias particulares y cualquier objeción formulada contra ellas. Si el tribunal decide no seguir las conclusiones de un dictamen pericial, debe explicar de manera clara y detallada sus razones en la sentencia.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Valoración del dictamen pericial.

El juzgado o tribunal valorará los dictámenes periciales de manera precisa y razonada, atendiendo a las reglas de la sana crítica, del conocimiento y del criterio humano, así como de acuerdo a las normas que rigen el razonamiento lógico, tomando en consideración la razón de ciencia que hubieren dado, las circunstancias que en ellos concurran y, en su caso, la tachas formuladas y los resultados de la prueba que sobre estas se hubiere practicado.En el caso de que el órgano jurisdiccional se aparte de las conclusiones de un dictamen deberá motivarlo expresamente en la sentencia.