Artículo 361 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

El afectado por un embargo de dispositivos que almacenan información, como discos duros, memorias USB o similares, tiene derecho a extraer previamente la información que contienen antes de que se ejecute la medida. Esta disposición protege el acceso a datos personales o comerciales del afectado, permitiéndole recuperar la información almacenada en esos soportes electrónicos, magnéticos u ópticos antes de que queden bajo control judicial.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Embargo de bienes informáticos. En caso de dictarse embargo sobre cualesquiera soportes hábiles para almacenar información, sean electrónicos, magnéticos, ópticos o similares, el afectado por la medida tendrá derecho a retirar la información contenida en ellos.