Artículo 406 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
Las diligencias preparatorias son trámites previos que una de las partes puede promover antes de iniciar un proceso judicial para obtener información o asegurar elementos probatorios necesarios. Estas diligencias pueden incluir verificar la capacidad legal de las partes, examinar o asegurar bienes que serán materia del litigio, revisar documentos testamentarios o contables, determinar el título de posesión de un bien, fijar domicilio del demandado si se ausentará del país, y citar al demandado para que reconozca o niegue un documento privado bajo apercibimiento de presunción de autenticidad.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Clases de diligencias preparatorias. Sin perjuicio de las que específicamentepuedan prever este Código o leyes especiales, las diligencias preparatoriaspodrán consistir en:
La determinación de la capacidad, representación o legitimación de laspartes en el futuro proceso.La exhibición, acceso para examen o aseguramiento de cosas sobre las querecaerá el procedimiento, que se encuentren en poder del futuro demandadoo de terceros.La exhibición por el poseedor de documentos en los que consten actos deúltima voluntad, o documentos, datos contables o cuentas societarias.Que la persona que haya de ser demandada por reivindicación u otra pretensiónque exija conocer el carácter en cuya virtud ocupa la cosa objeto delproceso a promover, exprese a qué título la tiene.Que si el eventual demandado tuviere que ausentarse del país, constituyadomicilio dentro de los cinco (5) días, con el apercibimiento que legalmentecorresponda en cuanto a futuras notificaciones.La citación a reconocimiento del documento privado por aquel a quien se leatribuya autoría o firma, bajo apercibimiento de tenérselo por reconocido.