Artículo 447 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
La audiencia preliminar tiene como objetivos principales intentar conciliar a las partes para evitar continuar con el proceso, corregir los defectos procesales señalados en la contestación de la demanda, establecer de manera clara la pretensión y la oposición de las partes, y permitir la presentación y admisión de las pruebas que serán utilizadas en la audiencia probatoria.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Contenido de la audiencia preliminar. La audiencia preliminar servirá, por este orden, para intentar la conciliación de las partes evitando la continuación innecesaria del proceso; para permitir el saneamiento de los defectos procesales denunciados en la contestación a la demanda o a la reconvención, para fijar con precisión la pretensión y la oposición, así como los términos de su debate; y para proponer y admitir la prueba de que intenten valerse las partes en la audiencia probatoria.