Artículo 5 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
Las partes que intervienen en un proceso judicial tienen exactamente los mismos derechos, obligaciones y oportunidades según el rol que desempeñen en el juicio. El juez tiene la obligación de garantizar que ambas partes sean tratadas con igualdad absoluta y de impedir cualquier forma de discriminación basada en sexo, raza, religión, idioma, condición social, política, económica o cualquier otra característica.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Igualdad. Las partes son iguales en el proceso, teniendo los mismos derechos, obligaciones, cargas y oportunidades, en función de la posición procesal que ocupen. El órgano jurisdiccional está obligado a preservar la igualdad de las partes en el proceso y a evitar toda discriminación contra o entre ellas por razones de sexo, raza, religión, idioma, o condición social, política, económica o de otra índole.