Artículo 501 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
El juicio ordinario es el procedimiento mediante el cual se pueden impugnar los acuerdos tomados por las juntas o asambleas de socios, obligacionistas u órganos administrativos en sociedades mercantiles y cooperativas. Este juicio permite cuestionar la validez de decisiones sociales cuando se considera que violan normas o derechos de los accionistas o miembros de la sociedad.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Objeto. A través del juicio ordinario se conocerán las pretensiones en las que la parte impugne acuerdos sociales adoptados por juntas o asambleas generales o especiales de socios, o de obligacionistas o por órganos colegiados de administración en sociedades mercantiles y cooperativas, con las especialidades previstas en los artículos siguientes.