Artículo 503 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

Los acuerdos de las sociedades de responsabilidad limitada pueden ser impugnados por las mismas causas establecidas para las sociedades anónimas en el artículo anterior. Esto significa que ambos tipos de sociedades comparten los mismos motivos de nulidad o anulabilidad de sus decisiones sociales.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Causas de impugnación de acuerdos de sociedades de responsabilidad limitada. Los acuerdos de sociedades de responsabilidad limitada que pueden ser impugnados son los mismos que los previstos en el artículo anterior para las sociedades anónimas.