Artículo 535 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

Las acciones legales relacionadas con propiedad intelectual tienen un plazo de tres años para ser ejercidas, contando desde el momento en que la persona con derecho a hacerlo tuvo la posibilidad de presentar su demanda. Una vez transcurrido este tiempo sin que se presente la acción, se pierde el derecho de reclamar judicialmente.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Prescripción. Las pretensiones en materia de propiedad intelectual prescribirán a los tres (3) años desde que el legitimado pudo interponerla.