Artículo 542 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
En los procesos de publicidad ilícita, el demandado debe probar que los datos, indicaciones y manifestaciones contenidos en la publicidad son exactos y veraces. Esta regla se aplica a menos que otra ley especial establezca una distribución diferente de la carga probatoria.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Carga de la prueba.
En los procesos sobre publicidad ilícita corresponderá al demandado la carga de la prueba de la exactitud y veracidad de las indicaciones y manifestaciones realizadas y de los datos materiales que la publicidad exprese, respectivamente.Esta norma se aplicará siempre que una disposición legal expresa no distribuya con criterios especiales la carga de probar los hechos relevantes.