Artículo 618 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

En casos de incumplimiento de contratos de arrendamiento financiero o venta a plazos de bienes muebles, el tribunal ordena el secuestro del bien sin exigir caución al demandante ni permitir objeción del demandado. El demandado tiene cinco días para anunciar su oposición por las causas que establece la ley, y si no lo hace o intenta fundar su oposición en motivos no permitidos, se dicta sentencia a favor del demandante sin más trámites, pudiendo además imponerse multa en casos de arrendamiento financiero. Contra la sentencia dictada por falta de oposición no procede recurso alguno.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Actos previos a la audiencia.

Cuando se interpongan pretensiones basadas en el incumplimiento de un contrato de arrendamiento financiero o de venta a plazos de bienes muebles, el tribunal a petición de parte ordenará, al admitir la demanda, el secuestro del bien cuya entrega se reclame. No se exigirá caución al demandante para la adopción de estas medidas cautelares, ni se admitirá oposición del demandado a las mismas. Tampoco se admitirán solicitudes de modificación o de sustitución de las medidas por caución.Se emplazará al demandado por cinco (5) días para que se persone en las actuaciones, con el objeto de anunciar su oposición a la demanda por alguna de las causas previstas en el artículo siguiente. Si el demandado dejare transcurrir el plazo sin anunciar su oposición, o si pretendiera fundar esta en causa no comprendida en el artículo siguiente, se dictará, sin más trámites sentencia estimatoria de las pretensiones del actor.Cuando el demandado anuncie su oposición a la reclamación con arreglo a lo previsto en el numeral anterior, se citará a las partes para la audiencia y, si el demandado no asistiera a la misma sin concurrir justa causa o asistiera, pero no formulara oposición o pretendiera fundar esta en causa no comprendida en el artículo siguiente, se dictará, sin más trámites, sentencia estimatoria de las pretensiones del actor. En el caso de arrendamiento financiero el demandado, además, será sancionado con multa de uno (1) a tres (3) salarios mínimos.Contra la sentencia que se dicte en los casos de ausencia de oposición a que se refieren los dos numerales anteriores no se dará recurso alguno.