Artículo 631 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
En los procesos regulados por este título, las partes deben estar asistidas y representadas por un abogado privado o por la defensa pública. Excepcionalmente, en los procedimientos de separación y divorcio por mutuo acuerdo, los cónyuges pueden compartir una única defensa y representación legal.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Representación y defensa de las partes.
Las partes actuarán en los procesos a que se refiere este título con asistencia y representación de profesional del derecho particular o de la defensa pública.En los procedimientos de separación y en los de divorcio solicitado de común acuerdo por los cónyuges, estos podrán valerse de una sola defensa y representación.