Artículo 708 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
La apelación diferida permite impugnar ciertos autos postergando su argumentación hasta que se apele la sentencia definitiva de primera instancia, siempre que la parte reitere la apelación y el punto sea relevante para la resolución final. Si no se apela la sentencia definitiva o el auto correspondiente, las apelaciones diferidas pierden eficacia. El tribunal superior resuelve las apelaciones diferidas en la misma sentencia que concluye el recurso principal.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Apelación diferida.
Cuando se interponga recurso de apelación contra autos en los casos que expresamente señale este Código, se diferirá la expresión de agravios y su trámite al momento en que se impugne la sentencia definitiva de primera instancia.El recurso de la apelación diferida quedará condicionado a que la parte reitere la apelación y que el punto tenga trascendencia en la resolución final.La falta de apelación de la sentencia definitiva o del auto, en su caso, determina la ineficacia de las apelaciones diferidas que se hubieren pronunciado.El tribunal superior resolverá las apelaciones diferidas en la propia sentencia que concluya el recurso.